Quisiera saber a qué atenerme. Con los amigos que tengo en la madera y en Picolandia diciendo por lo bajini Dios te ampare, colega, no damos abasto y esto va a más, sería bueno que alguien me instruyera en los asuntos de legítima defensa, provocación suficiente y proporcionalidad en la violencia que una persona decente puede emplear en su propia casa contra los malos. Porque estoy confuso. Cuando pones tu vida, tu familia y tus propiedades en manos del Estado y te ves desamparado por éste –falta de ganas o falta de medios no cambian la situación–, el sentido común y el instinto de supervivencia aconsejan adoptar otras defensas razonables. Y ése es el problema: lo que las leyes españolas consideran razonable en legítima defensa doméstica tiene poco que ver con el sentido común. Tendría que ver, quizá, con ese mundo ideal, esa Europa responsable, ordenada y ciudadana que parecíamos a punto de conseguir. Pero eso ya no cuela, Manuela. Al corderito de Norit se lo zampan hoy al horno con absoluta impunidad. Y con patatas.
Así que me gustaría que alguien cualificado ilustrara mis dudas legítimo-defensivo-hogareñas. Si unos ladrones, por ejemplo, saltan a un jardín con intenciones dolosas y son atacados por el perro de la casa, ¿la indemnización que debe pagarles el propietario del perro incluye las lesiones por mordiscos o también la ropa rota en la refriega? ¿Debe esperar el perro a que los intrusos demuestren inequívocamente sus intenciones malvadas antes de hacerles pupita? ¿Da lo mismo a quién muerda el perro, o hay connotaciones xenófobas si en vez de un español o un ucraniano rubio la víctima es moro o colombiano? ¿Es agravante ladrar? ¿Será sacrificado el cánido por las autoridades competentes? En caso de que el perro despache al intruso, ¿deben ser indemnizados los parientes próximos de la víctima?
Como ven, el asunto no es baladí. Y eso que todavía estamos en el jardín. Pero imaginen que, con perro o sin él, los malos penetran en la casa. Ahí sí debemos hilar fino. ¿A partir de qué momento es legítimo defenderse? ¿Es adecuado sacudirle con un garrote a un fulano que entra en tu casa a las tres de la madrugada, o es preciso antes averiguar sus intenciones? ¿Y qué hacer cuando, tras preguntarle cortésmente, «Caballero, ¿qué intención lo trae por aquí?», el otro se hace el longuis? ¿Hay que esperar a que empiece a meter en un saco la colección de Tintín? ¿A que desenchufe el Deuvedé? ¿A que coja las llaves del coche? ¿Es atenuante para el intruso que la interpelación no se le haga en la lengua autonómica correspondiente?
Pero, en fin. Supongamos que la actitud del malevo es inequívoca. Eso, lejos de aclarar las cosas, plantea más problemas legales. De noche y dentro de la propia casa, ¿qué es provocación suficiente? ¿Basta con que los asaltantes amenacen a la familia de palabra, o hay que esperar a que te pongan una navaja en el cuello o una pistola en la cabeza? ¿Violar a las hijas, a la esposa o a la chacha ecuatoriana es provocación suficiente? ¿Basta con adivinar la intención, o hay que dar tiempo a que se consume el asunto? ¿Hay que esperar a que te maniaten o sodomicen para que la provocación sea suficiente y manifiesta?
Llegados a ese punto, por cierto, entramos en el resbaladizo terreno de la proporcionalidad en la respuesta. ¿Es proporcionado que el dueño de una casa, cuando le entran varios individuos armados o sin armas, intente cargarse a alguno, si puede? ¿A partir de qué momento, poseyendo una escopeta de caza o un fusco con papeles, puede liarse a tiros con los malos? ¿Debe esperar a que las intenciones de provocación sean manifiestas, como por ejemplo, a que lo inflen a hostias preguntándole dónde esconde la viruta? Si los malos llevan cuchillos, ¿debe renunciar al uso de la pistola, por aquello de la proporcionalidad, y utilizar sólo un cuchillo de cocina o el palo de la fregona? Si en una casa entran a robar diez albanokosovares veteranos de guerra, ¿a cuántos puede atacar a mordiscos el propietario si ninguno de los diez lleva armas? ¿Y si las llevan? ¿Debe esperar a que le disparen para disparar él? ¿Hace falta un tiro previo de advertencia al aire? ¿Si los mata a los diez y encima le da risa, se considera ensañamiento?
Dicho de otro modo: ¿Y si nos fuéramos todos a hacer puñetas?
12 de febrero de 2006
No hay comentarios:
Publicar un comentario